En un fallo que marca un precedente, el Juzgado de Faltas Nº4 de Corrientes, a cargo de Luciano Cabrera, condenó a un vecino del barrio Dr. Montaña por maltrato animal tras agredir a una mona carayá hembra. El ciudadano, identificado como Antonio A., fue multado con 1.200 unidades de multa, equivalentes a $480.000, por su violenta conducta hacia el animal, una especie declarada Monumento Natural en la provincia.
El fallo también incluye una advertencia clara: el vecino deberá abstenerse de realizar cualquier acto de maltrato animal en el futuro, bajo apercibimiento de la aplicación del artículo 239 del Código Penal. Este artículo establece penas de prisión de 15 días a un año para quienes desobedezcan órdenes de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.
Los hechos y la intervención municipal
El secretario de Coordinación de Gobierno municipal, Hugo Calvano, calificó la sentencia como un “fallo histórico” en defensa de la fauna silvestre local. “El caso involucró a una tropa de monos en el barrio Dr. Montaña, y en particular, a una mona carayá que fue atacada con una honda, resultando herida. La rápida intervención del municipio, en coordinación con el Centro Aguará, permitió la atención del animal y derivó en este fallo ejemplar”, explicó.
Calvano resaltó que el municipio actuó de inmediato tras recibir una denuncia de una vecina a través del 147. A pesar de las advertencias, el agresor se negó a modificar su conducta, alegando que no deseaba que los monos pasaran por su terreno, lo que lo llevó a tomar medidas agresivas. “Este fallo demuestra que también podemos intervenir en casos de maltrato animal, y seguiremos alentando a los vecinos a denunciar cualquier situación similar”, agregó.
La importancia de la prevención y el bienestar animal
Más allá de la sanción, el funcionario destacó la importancia de prevenir el maltrato animal. “La ciudad tiene una relación estrecha con la fauna silvestre, en especial con tropas de monos que conviven en zonas urbanas. Desde la Municipalidad, trabajamos en la promoción del bienestar animal, en colaboración con instituciones como la Facultad de Veterinaria y la estación biológica, implementando medidas como pasafaunas para proteger a los animales”, señaló Calvano.
El desarrollo urbano en áreas antes naturales ha generado la necesidad de aprender a convivir con la fauna silvestre. Calvano subrayó que los vecinos deben evitar alimentar o interferir con los monos, y permitir que estos vivan de la manera más natural posible dentro de un entorno impactado por el avance humano.
Un fallo basado en la ley de protección animal
El fallo del Juzgado de Faltas se basó en la Ley Nacional Nº14346 de Protección a los Animales y en la Ley Provincial Nº6590, que declara Monumento Natural al mono aullador negro o dorado, también conocido como mono carayá. Este tipo de fallos refuerza la necesidad de generar conciencia sobre la protección de la fauna y el respeto hacia los animales que habitan en las ciudades.