Quiénes volverán a pagar el Impuesto a las Ganancias

La Cámara de Diputados ratificó sin modificaciones las disposiciones sobre el Impuesto a las Ganancias previamente introducidas en el Senado. Esta decisión implica que los trabajadores en relación de dependencia sin hijos menores y con ingresos superiores a $ 1.800.000 brutos mensuales (aproximadamente $ 1.500.000 netos) y aquellos con dos hijos que ganen más de $ 2.200.000 brutos ($ 1.950.000 netos) deberán pagar este impuesto,  a pesar de haber estado exentos hasta ahora.

Una de las novedades es que todos los ingresos adicionales de los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (para camioneros) y bonificaciones por zona patagónica, serán considerados en el cálculo del impuesto.

La diferencia entre trabajadores con y sin hijos se debe a la posibilidad de deducir de la base imponible de Ganancias a los hijos menores y otros gastos permitidos, como prepagas y gastos escolares, con un límite. Estos nuevos valores se aplicarán a partir de la aprobación del proyecto, sin efecto retroactivo.

La actualización del mínimo no imponible se realizará de manera trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral basado en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), las medidas aprobadas por Diputados incrementarán la recaudación del impuesto en un 0,4303% del PBI en 2024, de los cuales el 0,4221% será coparticipable.

Diputados de la Nación

IMPACTO SOBRE LOS TRABAJADORES

Actualmente, la ley Massa establece un mínimo no imponible de 15 SMVM (Salario Mínimo, Vital y Móvil) equivalente a $ 2.340.000 a valores de enero, que se actualizará en julio a más de 3,5 millones. Entre 800.000 y un millón de trabajadores que hoy están exentos del pago de Ganancias, como bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros y aceiteros, volverán a pagar el impuesto con alícuotas que van del 5 al 35%, según la especialista Luz Arroqui. Los montos mensuales a pagar varían desde casi $ 3.000 hasta más de $ 100.000 para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos.

El proyecto mantiene el alivio fiscal aplicado entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre de 2023 (Decreto N° 473/2023), asegurando que no habrá retenciones retroactivas. Lo pagado por Ganancias hasta la promulgación de la ley no será retenido. Sin embargo, Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, advirtió que si Diputados insiste en el proyecto original, quedarán sin efecto el incremento del 22% para las deducciones personales de los trabajadores patagónicos y la deducción de intereses de créditos hipotecarios hasta el tope del mínimo no imponible incluidos en el dictamen del Senado.

SITUACIÓN DE AUTÓNOMOS, JUBILADOS Y PENSIONADO

Para los autónomos, el mínimo no imponible es menor: $1.159.138 netos para solteros sin hijos y $1.644.327 netos para casados con dos hijos. Los jubilados y pensionados seguirán exentos de Ganancias en hasta ocho haberes mínimos, que en junio son equivalentes a $ 1.655.448.

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